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Normas
de Disciplina Estudiantil Normas de Suspensión Visión General Si el comportamiento de un estudiante es un peligro a la seguridad y al bienestar emocional o de salud de los demás, y previos métodos de prevención e intervención han fracasado, ese estudiante será suspendido de acuerdo a las normas del distrito y las leyes de California. Razones Válidas para una Suspensión Las leyes estatales permiten la suspensión de un estudiante si una investigación escolar descubre que el estudiante– mientras se encontraba en la escuela; en camino hacia o de regreso de la escuela; en la hora de recreo (fuera o dentro de la escuela); o durante un paseo de estudio; haya participado en alguna de las actividades a continuación descritas: Agresión/Ataque Causar, tratar de causar o amenazar con causar daños físicos a otra persona, incluyendo a un empleado escolar. También incluye ‘tentativas’ de agresión sexual, agresión sexual, y ataque sexual. Es posible que se hagan excepciones donde testigos y evidencia apoyen que el acto se cometió en defensa propia. Armas Estar en posesión, vender, o de otro modo proveer cualquier arma—incluyendo pistolas, navajas, explosivos, o armas simuladas, incluyendo pistolas de perdigones, de aire, de bolas de pintura, o municiones. Esta regla también aplica a la amenaza con cualquier objeto, incluyendo utensilios tradicionales del salón de clase, tales como lápices, plumas y clips. Alcohol/Estupefacientes/Sustancias Controladas Ilegalmente estar en posesión, usar, vender o de otra manera proveer alcohol; estupefacientes (incluyendo sustancias de inhalación cómo pegamento, pintura, borradores líquidos); o sustancias controladas, incluyendo medicamentos recetados. Esta regla también aplica a encontrarse bajo influencia alcohólica, de estupefacientes, o de medicamentos controlados. Sustancias a Cambio de Alcohol/Estupefacientes/Sustancias Controladas Repartición, provisión, o venta de artículos que se dice son alcohol, estupefacientes o sustancias controladas - aunque no lo sean. Parafernalia Para Estupefacientes Ilegalmente tener en posesión, ofrecer, arreglar o negociar la venta de cualquier artículo para uso con drogas. Tabaco o Productos con Nicotina Estar en posesión, proveer o usar tabaco, o cualquier objeto que contenga tabaco o productos con nicotina, incluyendo pero no limitado a cigarrillos, cigarros, cigarros de clavo, tabaco que no hecha humo, tabaco rapé, tabaco masticable, y betel. Bajo las normas del distrito, una cuarta ofensa exige una recomendación de expulsión. Robo y Extorsión Cometer, o tratar de cometer robo o extorsión. La extorsión resulta cuando se hacen amenazas con el propósito de obtener dinero o cualquier otra cosa de valor. Daños a la Propiedad Causar o tratar de causar daños a propiedad escolar o privada. Los padres o guardianes son legalmente responsables de pagar cualquier pérdida o daño a propiedad pública causado por el estudiante. Robo de Propiedad Robar o tratar de robar propiedad escolar o privada, o recibir propiedad robada. Puede ser requerido un pago por parte de los padres por daños causados. Obscenidad Cometer un acto obsceno, o participar en indecencias, groserías o vulgaridades. Esta regla también incluye la participación en actos sexuales, aún por consentimiento mutuo. Interrupción o Desafío Interrupción de actividades escolares, o de cualquier otra manera rehusándose a seguir la autoridad válida de los miembros del personal escolar, incluyendo supervisores, maestros, agentes escolares, o cualquier otro miembro del personal que esté llevando a cabo sus labores. Acoso Sexual (Aplica del 4° al 12° Grado) Hacer avances no bienvenidos; pedir favores sexuales, y otro tipo de conductas verbales, visuales o físicas de naturaleza sexual suficientemente graves, ó que sea de impacto negativo en el aprovechamiento académico de un individuo; ó que fomente un ambiente educativo intimidante, hostil u ofensivo. Violencia Hostil (Aplica del 4° al 12° Grado) Causar, amenazar con causar, tratar de causar, o participar en actos hostiles contra personas o propiedad. Esto incluye pero no se limita a comportamientos negativos que tienen por objetivo a miembros de un tipo de género, raza, etnia, religión, orientación sexual o con discapacidades mentales o físicas. Amenazas e Intimidación Acosar, intimidar, o amenazar a un estudiante qué es testigo en un procedimiento disciplinario escolar, con el propósito de prevenir a ese estudiante de atestiguar, o como venganza porque ese estudiante atestiguó, o por ambas razones. Esta regla aplica también a amenazas verbales o escritas contra las autoridades escolares, o amenazas con causar daños mayores a propiedades. Acosamiento (Aplica del 4° al 12° Grado) Acosar, intimidar, o amenazar a un estudiante o grupo de estudiantes, o al personal escolar, con el efecto actual o esperado de interrumpir el trabajo de clase, o de crear desorden substancial, o de fomentar un ambiente educativo hostil. Novatadas Participar, o tratar de participar en cualquier actividad usada con el propósito de asociación o pre asociación a una organización estudiantil, o estudiantado, o actividades relativas, que causen o que puedan causar daños corporales, físicos, degradación personal o vergüenzas, que resulten en daños físicos o mentales. Esto aplica a cualquier estudiante que asiste a una escuela o evento escolar. Para más información, consulte el Procedimiento del Distrito N° 6290 Autoridad para Ordenar una Suspensión Un maestro puede suspender a un estudiante del salón de clase por cualquiera de los actos considerados válidos para una suspensión - por el día de la suspensión y el día consecutivo a ese. El maestro inmediatamente reporta la suspensión al Director de la escuela, y manda al estudiante al Director o a la persona designada por el Director para tomar la acción apropiada. El designado por el Director, puede que sea un Subdirector, consejero, maestro o cualquier otro miembro del personal. Un Superintendente, Director o su designado, pueden también suspender a un estudiante después de llevar a cabo una junta informal o entrevista entre el estudiante, y maestro o empleado escolar que refirió al alumno. La junta informal se puede llevar a cabo en la escuela o por teléfono. Un Director o su designado puede suspender de la escuela a un estudiante por un máximo de cinco días consecutivos por cualquiera de los actos considerados válidos para una suspensión. Un estudiante puede ser suspendido por un máximo de veinte días por año escolar. Detalles adicionales sobre empleados del distrito con la autoridad de suspender estudiantes, están descritos en el Procedimiento del Distrito N° 6290 Proceso de Suspensión Una vez que se toma la decisión de suspender a un estudiante, se contacta a un padre o tutor, y se organiza una junta que incluye al estudiante, padre o tutor, y miembro del personal apropiado. La junta se lleva a cabo en la escuela. Los padres que no pueden asistir, tienen la opción de participar por teléfono a la junta. Suspensión Dentro de la Escuela por Parte de un Maestro Después de una suspensión dentro de la escuela por parte de un maestro, el maestro debe reportar inmediatamente la suspensión al Director de la escuela o a su designado, y mandarle al estudiante para llevar a cabo la acción apropiada. El designado, puede ser un Subdirector, consejero, maestro o cualquier otro miembro del personal. El maestro también debe consultar con el Director o su designado sobre una junta del “proceso legal correspondiente”. La junta incluye varios puntos importantes:
Un Director o su designado pueden suspender a un estudiante de la escuela por un máximo de cinco días consecutivos por cualquier acción particular que sea considerada una de las razones para suspensión. Ésta es conocida como una suspensión “formal" o “fuera de la escuela”. El proceso incluye varios pasos importantes:
Cuestiones de Estudiantes con Necesidades Excepcionales Un estudiante con necesidades excepcionales, que es elegible a servicios bajo la sección 504 del Acto de Rehabilitación Un equipo de especialistas en Planes Educativos Individualizados, o un equipo de estudio instructivo, se reúne cuando los días cumulativos de suspensión de un estudiante aproximan los diez días escolares. El equipo evalúa sí:
En el caso donde sé considere que un estudiante es verdaderamente peligroso, una suspensión puede exceder los diez días sí es por orden legal, o si los padres/guardianes del estudiante están de acuerdo. Los Estudiantes no pueden ser suspendidos por más de diez días escolares en un año escolar si las suspensiones constituyen un patrón en cuanto a la duración de cada suspensión, la cercanía entre suspensiones, y/o la cantidad total de tiempo que un estudiante esté fuera de la escuela. Proceso de Apelación Durante la junta obligatoria de padres, se provee información al estudiante y al padre/tutor sobre su derecho de apelar la suspensión, junto con información sobre el proceso de apelación. Todas las apelaciones de suspensión son tramitadas por la Oficina de Asignación y Apelación (Placement and Appeal) del Distrito, qué debe seguir varios pasos para completar el proceso de apelación:
Preguntas Frecuentes ¿Qué puede hacer la escuela para ayudar a mantenerme al corriente con mis trabajos si he sido suspendido? Cualquier padre de un estudiante en suspensión puede pedir los trabajos del salón y los exámenes durante la suspensión. Además, el maestro de cualquier clase de la cual se suspendió a un estudiante, puede requerir del estudiante la entrega de trabajos y exámenes durante el periodo de suspensión. Los estudiantes puede que quieran preguntarle a sus consejeros acerca de los programas de tutoría que ofrezca la escuela. Para más información vea el Procedimiento del Distrito N° 6290 ¿Cómo define el distrito la palabra “Agresión?” “Agresión” es definida cómo “un atentado ilegal, combinado con la claridad presente de cometer una lesión violenta contra otro individuo.” Dentro de las normas disciplinarias del distrito, la categoría de “Agresión y Ataque” incluye causar, tratar de causar o amenazar con causar daños físicos a otra persona; agresión y ataque sexual; y uso de fuerza o violencia deliberada hacia otro individuo - a excepción de en defensa propia. ¿Cuál es el procedimiento para apelar una suspensión? Para apelar una suspensión, el padre o tutor del estudiante debe completar una forma de apelación por suspención, que puede ser bajada del Internet en inglés ¿Cómo define el distrito la palabra “Desafío”? La palabra desafío se define cómo “desafiar intencionalmente la autoridad válida del personal escolar”, esto incluye supervisores, maestros, agentes escolares, o cualquier otro miembro del personal que esté llevando a cabo sus labores. Esto puede incluir también desafiar a maestros deliberadamente, o ignorar intencionalmente las reglas del salón de clase. ¿Qué puedo hacer si siento que fui tratado(a) injustamente por el personal escolar? Quejas sobre el personal escolar deben ser expuestas al Director de la escuela. Si la situación no puede ser resuelta a ése nivel, una queja formal puede ser presentada al Departamento de Apoyo a Padres y Servicios de la Mesa Directiva del distrito. ¿Pueden los maestros forzar a mis padres a asistir a la junta escolar que trata sobre mi suspensión? Por lo general se sugiere que uno de los padres venga a la escuela para seguir a su hijo o que venga a la escuela para asistir a la junta, pero nadie puede forzar a un padre a venir a la junta. A un estudiante no se le puede negar o retrasar el regreso de una suspensión, o recibir algún otro castigo basado en la falta de los padres de ponerse en contacto con la escuela. ¿Qué puedo hacer si siento qué se me suspendió erróneamente? Si un estudiante piensa qué se le suspendió erróneamente, debe proseguir con la suspensión, pero puede presentar una Apelación para Suspensión ¿Sí se me suspende, puedo regresar a la escuela?, ¿Qué sucederá si lo hago? Por la duración de una suspensión formal (fuera de la escuela), el estudiante no es permitido en ninguna escuela del distrito al menos que esté asistiendo una junta oficial relacionada a su suspensión. Si un estudiante regresa a la escuela durante el periodo de suspensión, la escuela tiene el derecho de llamar a la policía o a los padres del estudiante para que se lo lleven del plantel. ¿Cuál es la diferencia entre suspensión dentro de la escuela y fuera de la escuela? Suspensión fuera de la escuela, también conocida como formal, quiere decir que no se permite al estudiante regresar a la escuela durante el transcurso de la suspensión, a menos que necesite asistir a juntas oficiales relacionadas con la misma. Suspensión dentro de la escuela, por lo general significa que un estudiante es mandado a un área particular dentro de la escuela, donde puede ser supervisado por miembros del personal. Una suspensión dentro de la escuela no pasa a formar parte del expediente disciplinario permanente de un estudiante, pero puede retenerse cómo referencia en el expediente general del estudiante, y también puede ser usada cómo una consecuencia alternativa antes de pasar al nivel de una suspensión formal. ¿Bajo qué circunstancias puede el distrito suspender o expulsar a un estudiante con una discapacidad, cuando existe un Plan Educativo Individualizado para ése? Los estudiantes con necesidades excepcionales, o qué son elegibles para recibir servicios bajo la sección 504 del Acto de Rehabilitación, son tratados de la misma manera que los compañeros sin discapacidades en el caso de una suspensión. Sin embargo, aún cuando un estudiante que está inscrito en educación especial reúne los criterios para una expulsión, o suspensión por más de diez días, la ley requiere una educación pública gratuita y apropiada. A diferencia de un estudiante de educación regular, un estudiante en educación especial no verá un fin a sus servicios, pero puede que requiera un cambio de colocación a un ambiente alternativo que provea los servicios requeridos por el Plan Educativo Individualizado del estudiante. Aprenda más sobre la Sección 504 del Acto de Rehabilitación ¿Porqué las pistolas de juguete posan un problema? Pistolas de perdigones, de aire, de bolas de pintura, o municiones – muchas de las cuales pueden tener un parecido a verdaderas armas de fuego – se han convertido en juguetes populares con los niños de todas edades. Estas armas simuladas son peligrosas por una variedad de razones. El riesgo de quedar herido por la descarga accidental de una de éstas es aparente. Menos obvio, pero tal vez más temeroso es el peligro al qué se expone una persona que está en posesión de una de éstas pistolas de juguete. Cuando alguien muestra o descarga una de éstas pistolas “replica”, el público no sabe que no es una pistola verdadera, y tampoco la policía, quien a veces tiene que responder a llamadas de personas que están en pánico porque creen de estar presenciando una situación peligrosa. Estos juguetes NO SON PERMITIDOS dentro de los planteles escolares del distrito, y bajo las normas del distrito, cualquier estudiante que se encuentre bajo posesión de éstas o cualquier otro tipo de arma de disparo “simulada”, será automáticamente suspendido por cinco días y recomendado para una expulsión. Recursos Relacionados
Normas y Procedimientos
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