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Normas de Disciplina Estudiantil
Normas de Suspensión
Visión General
Razones Válidas para una Suspensión
Autoridad para Ordenar una Suspensión
Proceso de Suspensión
Estudiantes con Necesidades Excepcionales
Proceso de Apelación
Preguntas Comunes
Recursos Relacionados
Cómo Contactarnos

Visión General
Si el comportamiento de un estudiante es un peligro a la seguridad y al bienestar emocional o de salud de los demás, y previos métodos de prevención e intervención han fracasado, ese estudiante será suspendido de acuerdo a las normas del distrito y las leyes de California.
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Razones Válidas para una Suspensión
Las leyes estatales permiten la suspensión de un estudiante si una investigación escolar descubre que el estudiante– mientras se encontraba en la escuela; en camino hacia o de regreso de la escuela; en la hora de recreo (fuera o dentro de la escuela); o durante un paseo de estudio; haya participado en alguna de las actividades a continuación descritas:

Agresión/Ataque
Causar, tratar de causar o amenazar con causar daños físicos a otra persona, incluyendo a un empleado escolar. También incluye ‘tentativas’ de agresión sexual, agresión sexual, y ataque sexual. Es posible que se hagan excepciones donde testigos y evidencia apoyen que el acto se cometió en defensa propia.

Armas
Estar en posesión, vender, o de otro modo proveer cualquier arma—incluyendo pistolas, navajas, explosivos, o armas simuladas, incluyendo pistolas de perdigones, de aire, de bolas de pintura, o municiones. Esta regla también aplica a la amenaza con cualquier objeto, incluyendo utensilios tradicionales del salón de clase, tales como lápices, plumas y clips.

Alcohol/Estupefacientes/Sustancias Controladas
Ilegalmente estar en posesión, usar, vender o de otra manera proveer alcohol; estupefacientes (incluyendo sustancias de inhalación cómo pegamento, pintura, borradores líquidos); o sustancias controladas, incluyendo medicamentos recetados. Esta regla también aplica a encontrarse bajo influencia alcohólica, de estupefacientes, o de medicamentos controlados.

Sustancias a Cambio de Alcohol/Estupefacientes/Sustancias Controladas
Repartición, provisión, o venta de artículos que se dice son alcohol, estupefacientes o sustancias controladas - aunque no lo sean.

Parafernalia Para Estupefacientes
Ilegalmente tener en posesión, ofrecer, arreglar o negociar la venta de cualquier artículo para uso con drogas.

Tabaco o Productos con Nicotina
Estar en posesión, proveer o usar tabaco, o cualquier objeto que contenga tabaco o productos con nicotina, incluyendo pero no limitado a cigarrillos, cigarros, cigarros de clavo, tabaco que no hecha humo, tabaco rapé, tabaco masticable, y betel. Bajo las normas del distrito, una cuarta ofensa exige una recomendación de expulsión.

Robo y Extorsión
Cometer, o tratar de cometer robo o extorsión. La extorsión resulta cuando se hacen amenazas con el propósito de obtener dinero o cualquier otra cosa de valor.

Daños a la Propiedad
Causar o tratar de causar daños a propiedad escolar o privada. Los padres o guardianes son legalmente responsables de pagar cualquier pérdida o daño a propiedad pública causado por el estudiante.

Robo de Propiedad
Robar o tratar de robar propiedad escolar o privada, o recibir propiedad robada. Puede ser requerido un pago por parte de los padres por daños causados.

Obscenidad
Cometer un acto obsceno, o participar en indecencias, groserías o vulgaridades. Esta regla también incluye la participación en actos sexuales, aún por consentimiento mutuo.

Interrupción o Desafío
Interrupción de actividades escolares, o de cualquier otra manera rehusándose a seguir la autoridad válida de los miembros del personal escolar, incluyendo supervisores, maestros, agentes escolares, o cualquier otro miembro del personal que esté llevando a cabo sus labores.

Acoso Sexual (Aplica del 4° al 12° Grado)
Hacer avances no bienvenidos; pedir favores sexuales, y otro tipo de conductas verbales, visuales o físicas de naturaleza sexual suficientemente graves, ó que sea de impacto negativo en el aprovechamiento académico de un individuo; ó que fomente un ambiente educativo intimidante, hostil u ofensivo.

Violencia Hostil (Aplica del 4° al 12° Grado)
Causar, amenazar con causar, tratar de causar, o participar en actos hostiles contra personas o propiedad. Esto incluye pero no se limita a comportamientos negativos que tienen por objetivo a miembros de un tipo de género, raza, etnia, religión, orientación sexual o con discapacidades mentales o físicas.

Amenazas e Intimidación
Acosar, intimidar, o amenazar a un estudiante qué es testigo en un procedimiento disciplinario escolar, con el propósito de prevenir a ese estudiante de atestiguar, o como venganza porque ese estudiante atestiguó, o por ambas razones. Esta regla aplica también a amenazas verbales o escritas contra las autoridades escolares, o amenazas con causar daños mayores a propiedades.

Acosamiento (Aplica del 4° al 12° Grado)
Acosar, intimidar, o amenazar a un estudiante o grupo de estudiantes, o al personal escolar, con el efecto actual o esperado de interrumpir el trabajo de clase, o de crear desorden substancial, o de fomentar un ambiente educativo hostil.

Novatadas
Participar, o tratar de participar en cualquier actividad usada con el propósito de asociación o pre asociación a una organización estudiantil, o estudiantado, o actividades relativas, que causen o que puedan causar daños corporales, físicos, degradación personal o vergüenzas, que resulten en daños físicos o mentales. Esto aplica a cualquier estudiante que asiste a una escuela o evento escolar.

Para más información, consulte el Procedimiento del Distrito N° 6290 el tema de Suspensión, y el Código Educativo de California 48900 .
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Autoridad para Ordenar una Suspensión
Un maestro puede suspender a un estudiante del salón de clase por cualquiera de los actos considerados válidos para una suspensión - por el día de la suspensión y el día consecutivo a ese. El maestro inmediatamente reporta la suspensión al Director de la escuela, y manda al estudiante al Director o a la persona designada por el Director para tomar la acción apropiada. El designado por el Director, puede que sea un Subdirector, consejero, maestro o cualquier otro miembro del personal. Un Superintendente, Director o su designado, pueden también suspender a un estudiante después de llevar a cabo una junta informal o entrevista entre el estudiante, y maestro o empleado escolar que refirió al alumno. La junta informal se puede llevar a cabo en la escuela o por teléfono. Un Director o su designado puede suspender de la escuela a un estudiante por un máximo de cinco días consecutivos por cualquiera de los actos considerados válidos para una suspensión.

Un estudiante puede ser suspendido por un máximo de veinte días por año escolar.

Detalles adicionales sobre empleados del distrito con la autoridad de suspender estudiantes, están descritos en el Procedimiento del Distrito N° 6290 .
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Proceso de Suspensión
Una vez que se toma la decisión de suspender a un estudiante, se contacta a un padre o tutor, y se organiza una junta que incluye al estudiante, padre o tutor, y miembro del personal apropiado. La junta se lleva a cabo en la escuela. Los padres que no pueden asistir, tienen la opción de participar por teléfono a la junta.

Suspensión Dentro de la Escuela por Parte de un Maestro
Después de una suspensión dentro de la escuela por parte de un maestro, el maestro debe reportar inmediatamente la suspensión al Director de la escuela o a su designado, y mandarle al estudiante para llevar a cabo la acción apropiada. El designado, puede ser un Subdirector, consejero, maestro o cualquier otro miembro del personal. El maestro también debe consultar con el Director o su designado sobre una junta del “proceso legal correspondiente”. La junta incluye varios puntos importantes:
  1. Tan pronto come sea posible, el Director o su designado debe pedir al padre o tutor del estudiante asistir a una junta entre padres y maestro que tratará sobre la suspensión. Un consejero o psicólogo de la escuela asiste a las juntas cuando es factible. El Director o su designado también puede asistir a la junta a petición del maestro o de los padres. Es importante que números de teléfono y otra información pertinente se mantenga al día en el expediente escolar, para así poder contactar a los padres inmediatamente.

  2. Durante el periodo de suspensión, el estudiante suspendido no regresará al salón de clase sin el permiso explícito del maestro, Director o su designado. Ni tampoco se les asignará a otra clase regular durante éste periodo de tiempo. El Director o su designado planearán la finalización y distribución de las formas regulares de suspensión, según sea el caso.

  3. Durante éste tiempo, un maestro puede también referir a un estudiante a ser considerado para una suspensión fuera de la escuela, o una suspensión “formal”.
Suspensión por Parte del Director o su Designado
Un Director o su designado pueden suspender a un estudiante de la escuela por un máximo de cinco días consecutivos por cualquier acción particular que sea considerada una de las razones para suspensión. Ésta es conocida como una suspensión “formal" o “fuera de la escuela”. El proceso incluye varios pasos importantes:
  1. Una suspensión ocurre después de una junta informal llevada a cabo entre el Director o su designado, el estudiante, y cuando es posible el miembro del personal escolar que refirió al estudiante. En ésta junta, qué puede ser llevada a cabo por teléfono o en la escuela, se le informa al estudiante sobre la razón de la acción disciplinaria y la evidencia que llevó a ésta acción. Se debe dar al estudiante una oportunidad de presentar su propia evidencia en defensa.

  2. Un estudiante puede ser suspendido formalmente sin la junta informal, sólo sí se determina que existe una situación de emergencia. Esto quiere decir una situación que el Director o su designado determine que crea un peligro presente y observable a las vidas, seguridad y salud de otros estudiantes o empleados. Si un estudiante es suspendido sin una junta informal, ambos, estudiante y padre o tutor, serán notificados sobre el derecho a la junta que tiene el estudiante, y el derecho que tiene el estudiante de regresar a la escuela con el propósito de ésta junta.

  3. La junta informal se llevará a cabo dentro de dos días hábiles, al menos qué el estudiante renuncie a su derecho, o, sea físicamente incapaz de asistir por cualquier razón. La conferencia entonces se llevará a cabo tan pronto el estudiante sea físicamente capaz de asistir a la escuela.

  4. Cuando se recomienda que un estudiante sea suspendido por cualquier razón que requiere notificación policial, es posible que un policía escolar sea llamado a investigar la situación y posiblemente detenga al estudiante.

  5. Si después de escuchar la versión de los eventos por parte del estudiante, y examinar cualquier evidencia presentada, el Director o su designado determina qué una suspensión no es necesaria, el estudiante puede ser reintegrado a su colocación regular, o ser recomendado a otro programa alternativo.

  6. El maestro de cualquier salón de clase puede que requiera de un estudiante suspendido la entrega de trabajos y exámenes durante el periodo de suspensión.
Durante del primer día de suspensión, ésta debe ser agregada al historial de disciplina del estudiante. Sí aplica, también se incluye información sobre contratos de intervención por abuso de estupefacientes. Una forma del "Reporte sobre la Suspensión" se manda también al padre o tutor. Ésta incluye información tal cómo:
  1. Una declaración de los hechos que llevaron a la decisión de suspensión del estudiante.

  2. La fecha y hora cuando el estudiante podrá regresar a la escuela.

  3. Información sobre los derechos del estudiante o del padre/tutor para solicitar una apelación a la suspensión.

  4. Información sobre los derechos de acceso de los padres/tutores al expediente del estudiante.

  5. Se hace una petición al padre/guardián para que se junte con los representantes escolares a más tardar el tercer día de la suspensión, a cual tiempo serán discutidas todas las cuestiones relacionadas a la suspensión.

  6. Una notificación que la ley estatal requiere que los padres/guardianes respondan prontamente a éstas peticiones.
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Cuestiones de Estudiantes con Necesidades Excepcionales
Un estudiante con necesidades excepcionales, que es elegible a servicios bajo la sección 504 del Acto de Rehabilitación , puede ser suspendido hasta diez días seguidos, o hasta un total de veinte días durante cualquier año escolar.

Un equipo de especialistas en Planes Educativos Individualizados, o un equipo de estudio instructivo, se reúne cuando los días cumulativos de suspensión de un estudiante aproximan los diez días escolares. El equipo evalúa sí:
  • Las suspensiones constituyen un patrón.

  • La discapacidad del estudiante causó la mala conducta del estudiante.

  • La asignación educativa del estudiante es apropiada.
Un estudiante puede ser suspendido hasta, pero no más de diez días escolares consecutivos, si él o ella es un peligro inminente para sí mismo o para los demás.

En el caso donde sé considere que un estudiante es verdaderamente peligroso, una suspensión puede exceder los diez días sí es por orden legal, o si los padres/guardianes del estudiante están de acuerdo.

Los Estudiantes no pueden ser suspendidos por más de diez días escolares en un año escolar si las suspensiones constituyen un patrón en cuanto a la duración de cada suspensión, la cercanía entre suspensiones, y/o la cantidad total de tiempo que un estudiante esté fuera de la escuela.
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Proceso de Apelación
Durante la junta obligatoria de padres, se provee información al estudiante y al padre/tutor sobre su derecho de apelar la suspensión, junto con información sobre el proceso de apelación. Todas las apelaciones de suspensión son tramitadas por la Oficina de Asignación y Apelación (Placement and Appeal) del Distrito, qué debe seguir varios pasos para completar el proceso de apelación:
  1. Para iniciar una apelación, el estudiante, o el padre o tutor debe contactar por escrito a la Oficina de Asignación y Apelación, en un margen de tres semanas de la fecha de suspensión.

  2. La Oficina de Asignación y Apelación mandará al estudiante, o al padre/guardián la forma “Petición de Apelación para Suspensión”, con instrucciones para completar y devolver la forma antes de las tres semanas de la fecha de decisión de suspensión tomada por el Director. La forma también puede ser obtenida aquí en inglés o español .

  3. El especialista legal de la oficina de Asignación y Apelación usará la información proporcionada en esa forma para determinar si el Director suspendió al estudiante de manera apropiada y siguió los procedimientos apropiados. El especialista también considerará las razones por las cuales la familia piensa que la suspensión fue incorrecta o inapropiada, y puede que contacte a la familia y/o al personal escolar para aclarar cualquier información.

  4. Basándose en la información entregada o solicitada, el Especialista Legal, puede que tome una de las siguientes decisiones en cuanto a la suspensión.

    • Apoyar la suspensión.

    • Apoyar la suspensión, pero eliminarla del expediente del estudiante al final del semestre, solo sí el estudiante no tiene problemas adicionales de disciplina dentro del distrito.

    • Determinar que la suspensión no estuvo dentro de las directrices del distrito, rechazar la suspensión, y ordenar la destrucción de toda la información y documentos relacionados al procedimiento disciplinario. Ninguna información relacionada a la suspensión será incluida en el expediente permanente del estudiante, ni compartida con cualquiera qué no esté directamente involucrado en el procedimiento.

  5. El Especialista Legal mandará una copia de la decisión al estudiante, y/o padre o guardián dentro de los cinco días de la toma de ésta decisión. Una copia de la misma también se mandará al Director de la escuela.
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Preguntas Frecuentes
¿Qué puede hacer la escuela para ayudar a mantenerme al corriente con mis trabajos si he sido suspendido?
¿Cómo define el distrito la palabra “Agresión?”
¿Cuál es el procedimiento para apelar una suspensión?
¿Cómo define el distrito la palabra “Desafío?”
¿Qué puedo hacer si siento que fui tratado(a) injustamente por el personal escolar?
¿Pueden los maestros forzar a mis padres a asistir a la junta escolar que trata sobre mi suspensión?
¿Qué puedo hacer si siento qué se me suspendió erróneamente?
¿Sí se me suspende, puedo regresa a la escuela?, ¿Qué sucederá si lo hago?
¿Cuál es la diferencia entre suspensión dentro de la escuela y fuera de la escuela?
¿Bajo que circunstancias puede el distrito suspender o expulsar a un estudiante con una discapacidad, cuando existe un Plan Educativo Individualizado para ése?
¿Porqué las pistolas de juguete posan un problema?


¿Qué puede hacer la escuela para ayudar a mantenerme al corriente con mis trabajos si he sido suspendido?
Cualquier padre de un estudiante en suspensión puede pedir los trabajos del salón y los exámenes durante la suspensión. Además, el maestro de cualquier clase de la cual se suspendió a un estudiante, puede requerir del estudiante la entrega de trabajos y exámenes durante el periodo de suspensión. Los estudiantes puede que quieran preguntarle a sus consejeros acerca de los programas de tutoría que ofrezca la escuela. Para más información vea el Procedimiento del Distrito N° 6290 .

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¿Cómo define el distrito la palabra “Agresión?”
“Agresión” es definida cómo “un atentado ilegal, combinado con la claridad presente de cometer una lesión violenta contra otro individuo.” Dentro de las normas disciplinarias del distrito, la categoría de “Agresión y Ataque” incluye causar, tratar de causar o amenazar con causar daños físicos a otra persona; agresión y ataque sexual; y uso de fuerza o violencia deliberada hacia otro individuo - a excepción de en defensa propia.

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¿Cuál es el procedimiento para apelar una suspensión?
Para apelar una suspensión, el padre o tutor del estudiante debe completar una forma de apelación por suspención, que puede ser bajada del Internet en inglés o español . o si prefiere recibir la forma por correo llame al Departamento de Asignación y Apelación al (619)725-5660. La Oficina debe recibir la forma completada, junto con una copia del documento de suspensión que la escuela dio al estudiante, antes de los quince días del inicio de la suspensión.

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¿Cómo define el distrito la palabra “Desafío”?
La palabra desafío se define cómo “desafiar intencionalmente la autoridad válida del personal escolar”, esto incluye supervisores, maestros, agentes escolares, o cualquier otro miembro del personal que esté llevando a cabo sus labores. Esto puede incluir también desafiar a maestros deliberadamente, o ignorar intencionalmente las reglas del salón de clase.

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¿Qué puedo hacer si siento que fui tratado(a) injustamente por el personal escolar?
Quejas sobre el personal escolar deben ser expuestas al Director de la escuela. Si la situación no puede ser resuelta a ése nivel, una queja formal puede ser presentada al Departamento de Apoyo a Padres y Servicios de la Mesa Directiva del distrito.

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¿Pueden los maestros forzar a mis padres a asistir a la junta escolar que trata sobre mi suspensión?
Por lo general se sugiere que uno de los padres venga a la escuela para seguir a su hijo o que venga a la escuela para asistir a la junta, pero nadie puede forzar a un padre a venir a la junta. A un estudiante no se le puede negar o retrasar el regreso de una suspensión, o recibir algún otro castigo basado en la falta de los padres de ponerse en contacto con la escuela.

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¿Qué puedo hacer si siento qué se me suspendió erróneamente?
Si un estudiante piensa qué se le suspendió erróneamente, debe proseguir con la suspensión, pero puede presentar una Apelación para Suspensión tqué si aceptada, resultaría en la eliminación de ésa del expediente del estudiante.

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¿Sí se me suspende, puedo regresar a la escuela?, ¿Qué sucederá si lo hago?
Por la duración de una suspensión formal (fuera de la escuela), el estudiante no es permitido en ninguna escuela del distrito al menos que esté asistiendo una junta oficial relacionada a su suspensión. Si un estudiante regresa a la escuela durante el periodo de suspensión, la escuela tiene el derecho de llamar a la policía o a los padres del estudiante para que se lo lleven del plantel.

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¿Cuál es la diferencia entre suspensión dentro de la escuela y fuera de la escuela?
Suspensión fuera de la escuela, también conocida como formal, quiere decir que no se permite al estudiante regresar a la escuela durante el transcurso de la suspensión, a menos que necesite asistir a juntas oficiales relacionadas con la misma. Suspensión dentro de la escuela, por lo general significa que un estudiante es mandado a un área particular dentro de la escuela, donde puede ser supervisado por miembros del personal. Una suspensión dentro de la escuela no pasa a formar parte del expediente disciplinario permanente de un estudiante, pero puede retenerse cómo referencia en el expediente general del estudiante, y también puede ser usada cómo una consecuencia alternativa antes de pasar al nivel de una suspensión formal.

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¿Bajo qué circunstancias puede el distrito suspender o expulsar a un estudiante con una discapacidad, cuando existe un Plan Educativo Individualizado para ése?
Los estudiantes con necesidades excepcionales, o qué son elegibles para recibir servicios bajo la sección 504 del Acto de Rehabilitación, son tratados de la misma manera que los compañeros sin discapacidades en el caso de una suspensión. Sin embargo, aún cuando un estudiante que está inscrito en educación especial reúne los criterios para una expulsión, o suspensión por más de diez días, la ley requiere una educación pública gratuita y apropiada.

A diferencia de un estudiante de educación regular, un estudiante en educación especial no verá un fin a sus servicios, pero puede que requiera un cambio de colocación a un ambiente alternativo que provea los servicios requeridos por el Plan Educativo Individualizado del estudiante.

Aprenda más sobre la Sección 504 del Acto de Rehabilitación y el Acto de la Educación Pública Gratuita y Apropiada .


¿Porqué las pistolas de juguete posan un problema?
Pistolas de perdigones, de aire, de bolas de pintura, o municiones – muchas de las cuales pueden tener un parecido a verdaderas armas de fuego – se han convertido en juguetes populares con los niños de todas edades. Estas armas simuladas son peligrosas por una variedad de razones. El riesgo de quedar herido por la descarga accidental de una de éstas es aparente. Menos obvio, pero tal vez más temeroso es el peligro al qué se expone una persona que está en posesión de una de éstas pistolas de juguete. Cuando alguien muestra o descarga una de éstas pistolas “replica”, el público no sabe que no es una pistola verdadera, y tampoco la policía, quien a veces tiene que responder a llamadas de personas que están en pánico porque creen de estar presenciando una situación peligrosa. Estos juguetes NO SON PERMITIDOS dentro de los planteles escolares del distrito, y bajo las normas del distrito, cualquier estudiante que se encuentre bajo posesión de éstas o cualquier otro tipo de arma de disparo “simulada”, será automáticamente suspendido por cinco días y recomendado para una expulsión.

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Recursos Relacionados
Páginas Informativas
Resumen de ofensas que portan a la suspensión o expulsión
Inglés | Español | Somalí | Vietnamita | Camboyano | Laosiano
Porcentajes de suspensiones: Inglés | Español | Laosiano
Normas de Cero Tolerancia:
Inglés | Español | Somalí | Vietnamita | Camboyano | Laosiano
Derechos de los Padres/Tutores: Inglés | Español
Apoyo a los Padres y Servicios de la Mesa Directiva: Inglés | Español
Educación Especial, Mediadores de Padres y Defensores Públicos:
Inglés | Español | Somalí

Normas y Procedimientos
Programa Contra la Intimidación: Inglés | Español
Norma de Cero Tolerancia: Inglés | Español | Somalí | Vietnamita | Laosiano
Suspensión (Procedimiento del Distrito N° 6290, 13 páginas)
Alcohol, Tabaco y otros Estupefacientes (Procedimiento del Distrito N° 6298, 12 páginas)
Disponibilidad y Acceso a la información de un estudiante (Procedimiento del Distrito N° 6525, 15 páginas)

Formas para Apelación
Apelación para Suspensión y Lista de Pasos a Seguir: Inglés | Español

Video
“Suspensión y Expulsión: Conozca la Verdad”
Producido por el Departamento de Comunicaciones de SDCS, Derechos de autor © 2003
Vídeo producido para estudiantes de Secundaria que explica las normas de suspensión, expulsión y el proceso de apelación. Incluye simulacros de ofensas, la audiencia simulada de una expulsión, y respuestas a preguntas estudiantiles sobre las Normas de Cero Tolerancia. Este vídeo está disponible en inglés, español y somalí. Para pedir una copia, por favor comuníquese con el Departamento de Comunicaciones a communications@sandi.net o al (619) 725-5579.

Sitios de la Red
Oficina de Educación del Condado de San Diego
•  Libreto de Apelación para Expulsiones
Departamento de Educación de California
•  Cero Tolerancia
Prevención de la Intimidación y del Comportamiento Motivado por Odio
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Cómo Contactarnos

Placement and Appeal Department
4100 Normal St., Annex 8
San Diego, CA 92103
(619) 725-5660
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>> Normas de Disciplina Estudiantil

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